A principio de este año el Consejo Internacional de las Normas de Auditoría y Aseguramiento (International Auditing and Assurance Standards Board [IAASB]) emitió una nueva Norma Internacional de Auditoría (NIA) aplicable al informe del auditor, la cual requiere que se incluya una sección como parte del informe donde se detallen aquellos “asuntos clave de auditoría” (Key Audit Matters [KAM], por sus siglas en inglés) que se originaron como resultado de la auditoría practicada a los estados financieros de una compañía listada

El propósito de comunicar KAM es incrementar el valor y la transparencia del informe del auditor. Los KAM proporcionan a los usuarios de los estados financieros información adicional sobre los asuntos que, a juicio profesional del auditor, fueron los de mayor importancia durante la ejecución de la auditoría del periodo actual.

¿A qué tipo de informes de auditoría le es aplicable esta norma?

Es importante resaltar que esta nueva NIA, como se acaba de mencionar, solo es requerida para los informes del auditor sobre un juego completo de estados financieros, de propósito general, en entidades listadas y se mantiene como opcional/voluntaria para todas las demás entidades, salvo que exista alguna ley o regulación que indique lo contrario.

El glosario de términos del IAASB define a una “entidad listada” como una entidad cuyas acciones, valores o deuda son listados en una bolsa reconocida, o se comercializan bajo las regulaciones de una bolsa de valores reconocida u otro organismo equivalente.

¿Cuándo entra en vigor?

Es aplicable a las auditorías de estados financieros cuyos periodos terminen al o después del 15 de diciembre de 2016; sin embargo, es permitida su aplicación anticipada. 

¿Qué son los KAM y cómo los identificamos?

Los KAM son asuntos que, a juicio profesional del auditor, fueron los de mayor importancia en la auditoría de los estados financieros del periodo actual. Para esto, el auditor deberá determinar, de la lista de temas que hayan sido comunicados a los encargados del gobierno corporativo, aquellos asuntos que requirieron una atención más significativa durante la realización de la auditoría.

Este análisis debe tomar en cuenta las áreas de mayor riesgo de error material o de riesgo significativo; las que involucran mayor juicio por parte del auditor y/o de la administración, incluyendo las que conllevan a incertidumbres en las estimaciones; y los efectos de eventos significativos o transacciones que ocurrieron durante el periodo.

Otras consideraciones que pueden ser relevantes en la determinación de KAM son las siguientes:

- La importancia del tema respecto del entendimiento de los usuarios sobre los estados financieros y en particular, si el asunto es material.

- La naturaleza de las políticas contables relativas a la complejidad o la subjetividad involucrada en la selección por parte de la administración de una política contable adecuada, en comparación con otras entidades dentro de su industria.

- La naturaleza y materialidad, cuantitativa y cualitativa, de las diferencias de auditoría corregidas y acumuladas no corregidas, debido a fraude o error.

- La naturaleza y el alcance del esfuerzo durante la auditoría, para temas como:

  • El grado de especialización o conocimientos necesarios para ejecutar procedimientos de auditoría o evaluar el resultado de los mismos.
  • La naturaleza de las consultas fuera del equipo de trabajo.

- La naturaleza y gravedad de las dificultades en la aplicación de los procedimientos de auditoría, la evaluación de los resultados de estos procedimientos, así como la obtención de evidencia suficiente y confiable para soportar la opinión del auditor, en particular cuando los juicios del auditor se vuelven más subjetivos.

- La severidad de las deficiencias de control identificadas.

- Si el asunto implica un número de consideraciones interrelacionadas; por ejemplo, contratos a largo plazo pueden implicar atención significativa por parte del auditor respecto al reconocimiento de ingresos, litigios y otras contingencias, y tener un efecto en otras estimaciones contables.

¿Qué debe incluirse en la redacción de un KAM?

La redacción de un KAM siempre debe incluir: 1) ¿por qué el tema fue considerado como de mayor importancia en la auditoría, lo cual determina que es un KAM?; 2) ¿qué respuesta de auditoría se le dio al tema?, y 3) hacer referencia a la revelación, en su caso, en los estados financieros. La descripción de un KAM debe ser clara, concisa, entendible y específica de la entidad.

El nivel de detalle que se incluye respecto de la respuesta de auditoría hacia el KAM es un asunto de juicio profesional; sin embargo, el auditor puede incluir una descripción que cubra lo siguiente:

  • Aspectos del enfoque del auditor que fueron los más relevantes/específicos respecto del riesgo evaluado.
  • Una breve descripción de los procedimientos aplicados.
  • Indicación de los resultados de los procedimientos del auditor.
  • Observaciones clave con respecto a la cuestión/ tema.
  • Alguna combinación de estos elementos.

Como fue abordado el tema, inevitablemente, implica describir el enfoque del auditor y los procedimientos de auditoría aplicados, pero es permitido que estos sean “de manera general”, ya que no pretende ser una lista específica o estandarizada de los procedimientos realizados, o que se detallen los hallazgos.

Debe tenerse mucho cuidado en las palabras y/o redacciones que se utilizan en la preparación de un KAM, ya que es necesario que se relacionen directamente y de forma específica con la circunstancias de la entidad y del tema, evitando un lenguaje genérico o estandarizado. No debe darse a entender que el asunto no ha sido resuelto apropiadamente por el auditor al momento de formarse una opinión sobre los estados financieros. De igual manera, la redacción no debe contener o implicar una “opinión parcial/fragmentada” sobre el tema.

Como ya se mencionó, la determinación de los KAM se focaliza en la naturaleza de los temas comunicados a los encargados del gobierno corporativo que a menudo están vinculados a los asuntos revelados en los estados financieros, y por ende, están destinadas a reflejar las áreas de la auditoría que pueden ser de particular interés para los usuarios. Sin embargo, la NIA 701 permite identificar KAM sobre asuntos o temas que no necesariamente tengan que ser revelados por la administración en los estados financieros; por ejemplo, la implementación de un nuevo sistema informático (o cambios significativos en uno existente) durante el periodo actual puede ser un área significativa de atención del auditor, en particular si dicho cambio tuvo un efecto significativo en la estrategia general de la auditoría o está relacionado con un riesgo significativo (por ejemplo, cambios a un sistema que afectan el proceso de reconocimiento de ingresos).

La NIA es deliberadamente flexible en este punto para permitir la innovación y que los auditores puedan plasmar mejor la forma en que piensan.

Casos en los que no se tengan KAM

En la práctica, será poco común que el auditor de unos estados financieros de propósito general de una entidad listada no determine al menos un KAM. No obstante, en ciertas circunstancias muy particulares (por ejemplo, para una entidad listada que tiene operaciones limitadas), se pudiera llegar a la conclusión de que no hay asuntos clave de auditoría. Sin embargo, el informe de auditoría seguirá incluyendo una sección KAM, pero se destacará que el auditor ha determinado que no existen KAM, de conformidad con los requerimientos de la NIA.

Temas considerados como cuestiones sensibles

El tema de sensibilidad está cubierto por la NIA para atender a las preocupaciones específicas sobre la comunicación de temas cuya información no ha sido divulgada por la administración de la entidad (cuestiones sensibles). El IAASB acordó añadir un requisito y guías más detalladas de aplicación en la NIA 701, para permitir la posibilidad, en circunstancias extremadamente raras, de que el auditor pudiera decidir no comunicar un asunto determinado como un KAM.

Otras consideraciones en la comunicación de KAM

La comunicación de un KAM en el informe del auditor de ninguna forma es como se menciona en seguida:

  • Un sustituto de las revelaciones en los estados financieros que el marco contable aplicable requiera a la administración realizar, o que sea necesaria para lograr una presentación razonable.
  • Un sustituto para que el auditor exprese una opinión modificada cuando sea necesaria por las circunstancias de conformidad con la NIA 705 (revisada).
  • Un sustituto para reportar, de conformidad con la NIA 570 (revisada), cuando existe una incertidumbre material relativa a eventos o condiciones que pueden poner en duda significativa la capacidad de la entidad para continuar como un negocio en marcha.
  • Una opinión separada o individual de temas o asuntos significativos.

Conclusión

Sin lugar a duda esta nueva NIA representará un reto importante, tanto para los auditores, la administración como para los encargados del gobierno corporativo y originará discusiones muy activas entre ellos al momento de revisar la forma en que cada uno de los KAM se incluirá en el informe del auditor.


C.P.C. Fernando Ruiz Monroy/Socio de Auditoría EY/Miembro de la CONAA

Fuente: Revista Contaduría Pública www.contaduriapublica.org.mx

 

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