No hay más que leer noticias o las noticias sobre las diferentes irregularidades en la administración pública, que si bien son ventilados por los diferentes medios, estos no dejan de ser mas que las estadísticas para la historia, que los daños hechos sido consumados, los recursos están perdidos, los responsables están sin castigo y lo más grave, la función pública queda nuevamente en entredicho.
Basta con mirar la nota de estos días, donde el Informe de la Auditoría General de la República y la relación con la gestión de la Contraloría General sobre el proceso de responsabilidad fiscal, fallos ejecutorios $ 15,754 millones de $ 1,900 millones de pesos; es decir, de cada $ 1,000 pesos de detrimento al erario de $ 8.
El desconocer por tantos años estas condiciones de administración, es lo que ha hecho que nuestro país haya tomado rumbos insospechados que antes que generar bienestar, se haya sumido en lechos de pobreza, corrupción, violencia desmedida, hasta el punto que hoy es el pan de cada día, donde nuestra mirada es de simples observadores, ... sin asombro.
El Artículo 267: La Constitución política, estable que "El control fiscal es una función pública que ejerce la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación.
Dicho control se realiza en forma posterior y selectiva según los procedimientos, sistemas y principios que establezca la ley. Esta podrá, sin embargo, autorizar que, en casos especiales, la vigilancia se realice por empresas privadas colombianas, escogidas por concurso público de méritos, y contratadas, concepto del Consejo de Estado.
Entonces, ¿qué hacer?, ¿qué recomendar?, ¿qué actitud frente al actuar irresponsable y corrupto de muchos de nuestros administradores?, cuando la misma Constitución establece el control posterior y selectivo para los organismos de control?
El control interno, destacado en el artículo 209 de la misma Constitución, establece: "La función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el cumplimiento adecuado de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley."
De la misma suerte que la respuesta en el fortalecimiento del control interno, donde la responsabilidad y el control recae sobre los directores, presidentes de las entidades públicas, por lo que es urgente adelantar los procesos meritorios para la administración de los administradores públicos comprometidos en lo ético como en lo moral, con alto sentido de la responsabilidad, con los perfiles profesionales pertinentes y en razón a la misión de las entidades.

Es último observar que los principios y valores tienen que recordar a través de normativas, cuando debería ser la naturaleza del individuo o la organización, la propia de la educación y formación familiar y profesional. Es un aspecto cultural
Además es imprescindible que la función administradora esté encaminada a la detección del riesgo; que avise con anticipación las debilidades que presentan los procesos, es a la vez de que los niños que no lo hacen deben ayudar a prevenir los eventos irregulares.
Para hacer más y más este control, la adopción de una serie de elementos formales, así es la pena de caer en el fracaso, y estoy refiriéndome a la planeación, presupuestación, calidad del talento humano en todos los niveles, sistemas de información confiable , procesos y actividades administrativas formales y controladas a través de indicadores y metas como una manera de corregir el rumbo y de aplicar el autocontrol.
De modo que el problema no es, detectar las causas y la materialidad de los hechos a través de auditorías posteriores y selectivas, si no es la de generar acciones preventivas a través de prácticas de control interno que garanticen el uso adecuado, uso y aplicación de los mismos recursos públicos.
Para recordar una frase: " SI NO ES MIO DEBE SER DE ALGUIEN"
Hasta pronto,
Marco Hernando Bonilla Martínez
Economista - Especializado en Control Interno y Auditoria
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