Por: CP Iván Rodríguez. Colaborador de Auditool
La reciente aprobación de la Declaración sobre Normas de Auditoría (Statement on Auditing Standards - SAS) Nº 151 por parte de la Junta de Normas de Auditoría (Auditing Standards Board - ASB) del AICPA representa un hito significativo en la profesión contable. Esta norma actualiza y clarifica el papel del auditor frente al fraude en una auditoría de estados financieros, respondiendo a las crecientes preocupaciones sobre la integridad de la información financiera en un entorno empresarial cada vez más complejo. Al fortalecer los procedimientos relacionados con el fraude, esta norma refuerza que la responsabilidad principal de prevenir y detectar el fraude sigue recayendo en la dirección y en los responsables del gobierno de la entidad. La norma se publicará en octubre de 2026 y entrará en vigor para los periodos que finalicen a partir del 15 de diciembre de 2028, aunque se permite su aplicación anticipada.
La SAS 151 no modifica la definición fundamental de fraude ni el objetivo último del auditor. Sin embargo, introduce requisitos más específicos y rigurosos para reforzar el escepticismo profesional, la evaluación de riesgos de fraude, la documentación y la comunicación.
Esta nueva norma no modifica la definición fundamental de fraude ni el objetivo último del auditor de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están libres de incorrecciones materiales debidas a fraude o error. Sin embargo, introduce requisitos más específicos y rigurosos diseñados para reforzar el escepticismo profesional, la evaluación de riesgos de fraude, la documentación, la comunicación y la respuesta del auditor cuando se identifica o sospecha la existencia de fraude. De este modo, se busca mejorar la calidad de las auditorías y proporcionar una dirección más clara a los profesionales en el desempeño de sus funciones.
Enfoque de fraude durante todo el proceso
La SAS Nº 151, que sustituye a la sección AU-C 240, enfatiza que el auditor debe tener un enfoque de fraude durante todo el proceso de auditoría, lo cual resulta especialmente relevante en la identificación y evaluación de riesgos conforme a la sección AU-C 315. La norma exige que el profesional mantenga una actitud de alerta constante, sin asumir la honestidad de la dirección, y establece procedimientos más detallados para responder adecuadamente ante indicios o sospechas de fraude. Además, incluye la obligación de comprender el programa de denuncias o whistleblower[1] de la entidad (si existe), así como la forma en que la dirección y los responsables del gobierno abordan las alegaciones de fraude recibidas a través de dicho programa.
Entre los cambios principales destacan:
Todo ello contribuye a que los auditores puedan desempeñar su rol de manera más efectiva en un contexto donde el fraude continúa siendo una preocupación creciente para inversores, reguladores y otros usuarios de la información financiera.
🌐 Movimiento global: NIA 240 Revisada
La publicación de esta norma por parte de la ASB está en línea con un movimiento global para fortalecer la respuesta de los auditores al fraude, similar a la revisión de la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 240 por parte de la Junta de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB). Ambas actualizaciones buscan mejorar la confianza del público en los informes financieros y asegurar que los auditores estén mejor equipados para identificar y responder a los riesgos de incorrección material debida a fraude.
📋 NIA (ISA) 240 Revisada
La principal norma internacional de auditoría sobre fraude es la NIA (ISA) 240 Revisada, titulada Responsabilidades del auditor en relación con el fraude en una auditoría de estados financieros (The Auditor's Responsibilities Relating to Fraud in an Audit of Financial Statements). Emitida por el International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB), la versión revisada fue aprobada en marzo de 2025 y publicada en julio de 2025 y entra en vigor para las auditorías de estados financieros de periodos que comiencen a partir del 15 de diciembre de 2026 (se permite la aplicación anticipada). Esta revisión se realizó para responder a las expectativas públicas, clarificar el papel del auditor y reforzar la respuesta ante el riesgo de fraude, alineándose también con otras normas como la NIA 570 Revisada sobre empresa en funcionamiento.
Las normas de auditoría antes citadas consideran los siguientes aspectos en su contenido:
🏛️ Responsabilidad primaria
La prevención y detección del fraude corresponde principalmente a la dirección y a los responsables del gobierno de la entidad. El auditor no es responsable de prevenir el fraude.
🎯 Objetivo del auditor
Obtener una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrecciones materiales debidas a fraude (o error).
🧠 Escepticismo profesional
Se refuerza la obligación de mantener una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría, reconociendo que el fraude puede existir aunque la experiencia previa con la dirección haya sido positiva.
🔎 Enfoque o "Lente de fraude"
Se enfatiza la aplicación de una perspectiva de fraude en la identificación y evaluación de riesgos (en conexión con la ISA 315) y en las respuestas a esos riesgos.
Presunciones de riesgo
• Existe una presunción de riesgo de fraude en el reconocimiento de ingresos (difícil de rebatir).
• El riesgo de elusión de controles por parte de la dirección (management override) está presente en todas las entidades y no se puede rebatir.
⚙️ Procedimientos obligatorios
Incluyen, entre otros, el análisis de asientos contables y otros ajustes, la revisión de estimaciones contables por posibles sesgos y la evaluación de transacciones significativas inusuales.
Cuando se identifica o sospecha fraude
Nuevos requisitos más detallados sobre cómo obtener un entendimiento del fraude o sospecha, evaluar la respuesta de la entidad y determinar si se necesitan procedimientos adicionales de evaluación de riesgos o de auditoría.
📢 Comunicación y transparencia
Requisitos ampliados de comunicación con la dirección y los responsables del gobierno. En entidades cotizadas, se refuerza la transparencia en el informe de auditoría (incluyendo asuntos clave de auditoría relacionados con fraude).
🔗 Normas relacionadas (visión integral)
• NIA 315 — Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material.
• NIA 330 — Respuestas del auditor a los riesgos valorados.
• NIA 200 — Objetivos globales del auditor independiente.
• NIA 701 — Comunicación de las cuestiones clave de la auditoría en el informe.
La SAS 151 busca promover un ejercicio más consistente y robusto del escepticismo profesional a lo largo de la auditoría, elevando la calidad de las auditorías y reforzando la confianza en el trabajo de los profesionales de la contabilidad.
Se aprecia entonces que la SAS Nº 151 busca promover un ejercicio más consistente y robusto del escepticismo profesional a lo largo de la auditoría. Al clarificar las responsabilidades específicas del auditor y fortalecer los procedimientos ante situaciones de fraude o sospecha de fraude, la norma contribuye a elevar la calidad de las auditorías de estados financieros y a reforzar la confianza en el trabajo de los profesionales de la contabilidad.
[1] Un whistleblower es una persona que informa sobre irregularidades o comportamientos irregulares dentro de una organización, como la corrupción o el acoso laboral.
CP Iván Rodríguez - CIE AF
Colaborador de Auditool
Auditor y consultor, diplomado en Alta Gerencia de Seguros y Derecho de Seguros. Especialista en Dirección Financiera y Desarrollo Organizacional, diplomado en Gerencia de la Calidad. Contador público (CP) de la Pontificia Universidad Javeriana con 20 años de experiencia en diversas empresas. Tiene amplia experiencia en la elaboración y ejecución de auditorías y revisorías fiscales. Dirección y ejecución de asesorías, consultorías y capacitaciones. Colaborador de Auditool.
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