Por: CP Iván Rodríguez. Colaborador de Auditool
En un reciente artículo del contador César López Villegas, publicado en la revista “Contaduría Pública” del Instituto Mexicano de Contadores Públicos IMPC del mes de abril de 2022, se plantean algunas modificaciones que deberían efectuarse a los manuales de control de calidad, con el propósito de ajustarlos a la nueva norma NIGC 1, que entra en vigor el 15 de diciembre de 2022.
De acuerdo con López, uno de los principales cambios en la NIGC 1, con respecto a la actual norma NICC 1 aún en vigor, es el proceso de seguimiento y corrección o monitoreo, que debería documentarse aparte del manual existente de calidad. En cumplimiento de las normas, las firmas de auditoría deben tener establecido y en funcionamiento, un sistema de control de calidad que incluya políticas y procedimientos dirigidos a cada uno de los siguientes elementos:
• Responsabilidad de los líderes de la Firma.
• Requerimientos éticos relevantes.
• Aceptación y retención de las relaciones profesionales con clientes y trabajos específicos.
• Recursos humanos.
• Desempeño del trabajo.
• Monitoreo.
Con la entrada en vigor de la NIGC 1, si bien los objetivos permanecen tienen un diferente enfoque, puesto que se introduce el concepto de Sistema de Gestión de la Calidad, cuya finalidad es apoyar la realización consistente de encargos de calidad, proporcionando a la Firma una seguridad razonable de que dichos objetivos de dicho sistema se han alcanzado.
Ahora bien, para cumplir con los requerimientos que establece la NIGC 1, se requiere que la Firma ejerza su juicio profesional en el diseño, implementación y operación del Sistema de Gestión de la Calidad, el cual debe operar en un proceso continuo y repetitivo que deberá responder a los cambios en la naturaleza y las circunstancias de cada Firma y de sus encargos y por lo tanto no funciona de forma lineal. Los componentes que deben considerarse son los siguientes:
• El proceso de valoración de riesgos de la Firma de auditoría.
• Gobierno corporativo y liderazgo.
• Requerimientos de ética aplicables.
• Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes, y de encargos específicos.
• Realización de los encargos.
• Recursos.
• Información y comunicación.
• El proceso de seguimiento y corrección.
De acuerdo con López, los objetivos de calidad establecidos por la Firma consisten en objetivos relacionados con los componentes del Sistema de Gestión de la Calidad que debe lograr la Firma según lo previsto en la NIGC 1 y cualquier objetivo de calidad adicional que la Firma considere necesario para lograr los objetivos del Sistema de Gestión de la Calidad.
La Firma deberá identificar y valorar los riesgos de calidad para proporcionar los fundamentos para el diseño e implementación de las respuestas (políticas, procedimientos y controles), cuya naturaleza, oportunidad y extensión para abordar los riesgos de calidad se basarán y responderán a las razones de las valoraciones dadas a los citados riesgos de calidad.
Un concepto que fomenta la NIGC 1 es el de escalabilidad, ya que al requerir que la Firma aplique un enfoque basado en riesgo en el diseño, implementación y operación del Sistema de Gestión de la Calidad, esta deberá tomar en consideración:
• La naturaleza y circunstancias de la Firma.
• La naturaleza y circunstancias de los encargos que realiza la Firma, incluyendo los tipos de encargos realizados y los tipos de entidades por los que realizan dichos encargos.
Las modificaciones que requiera la documentación del Sistema de Gestión de la Calidad de una Firma, deberán considerar los objetivos de calidad que señala la NIGC 1 para cada uno de los componentes, y determinar si las respuestas que ya tiene diseñadas la Firma abordan todos los riesgos identificados, o requiere de más respuestas (o menos incluso, en su caso).
Algunas consideraciones son las siguientes:
Proceso de valoración de riesgos
La Firma de auditoría deberá documentar su proceso de valoración de riesgos, indicando que establece los objetivos de calidad que le son aplicables conforme a la NIGC 1 y aquellos adicionales si considera que hubiere; e identificar y valorar los riesgos de calidad, para determinar las respuestas que ahora formarán parte de sus políticas y procedimientos (incluidas en su manual u otra documentación complementaria).
Gobierno corporativo y liderazgo
Hacer los nombramientos formales de aquellos a quienes se les asignará la responsabilidad operativa de:
• El sistema de gestión de la calidad.
• El cumplimiento de los requerimientos de independencia.
• El proceso de seguimiento y corrección.
• La responsabilidad última y rendición de cuentas por el sistema.
Estas responsabilidades pueden asignarse a una o varias personas, en cuyo caso así deberá declararse o nombrarse.
Requerimientos de ética aplicables
Quizá no debiera haber muchos cambios respecto a lo que la Firma pueda ya tener implementado (asumiendo que esta implementación es efectiva), pero habrá que asegurar que la Firma documente e implemente las políticas y procedimientos necesarios para:
• Identificar, evaluar y abordar las amenazas al cumplimiento de los requerimientos de ética aplicables e
• Identificar, comunicar, evaluar e informar cualquier incumplimiento de los requerimientos de ética aplicables y responder adecuadamente a las causas y consecuencias de los incumplimientos de manera oportuna.
La Firma deberá obtener, cuando menos anualmente, una confirmación documentada del cumplimiento con los requerimientos de independencia por parte de todo el personal que debe ser independiente de acuerdo con los requerimientos de ética aplicables.
Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos específicos
Habrá que asegurarse de que existan políticas y procedimientos que aborden aquellas circunstancias en las que la Firma tenga conocimiento de información posterior a la aceptación o continuidad de un cliente o encargo específico, que la hubiera hecho rechazarlas si esa información hubiera sido conocida antes de aceptar o continuar la relación con el cliente o el encargo especifico y, cuando la Firma esté obligada por una ley o regulación a aceptar una relación con un cliente o un encargo específico. En su caso, habrá que considerar los recursos tecnológicos (si se requirieran para dar una respuesta adecuada).
Realización del encargo
Es importante orientar que, para lograr respuestas adecuadas a los riesgos potenciales que típicamente surgirían para este componente, deberán considerarse e interactuar en las respuestas de la Firma:
• Los recursos humanos y tecnológicos (respecto a la necesidad, obtención y asignación de estos).
• Los recursos tecnológicos (respecto al proceso de recopilación oportuna de la documentación de los encargos después de la fecha del informe, su mantenimiento y conservación).
• Los recursos intelectuales (de los que se sobreentiende su objetivo).
• La información y comunicación (respecto a los equipos del encargo para permitirles conocer y llevar a cabo sus responsabilidades, y en vía de regreso respecto de lo que los equipos del encargo deben comunicar).
• Los requerimientos o servicios de la red.
• Los proveedores de servicios.
Recursos humanos:
Debe considerarse lo siguiente:
• Obtener el recurso humano de fuentes externas cuando la Firma no tenga personal suficiente o adecuado para permitir el funcionamiento del Sistema de Gestión de la Calidad y en la realización de los encargos.
• Recursos tecnológicos e intelectuales y proveedores de servicios
Estas consideraciones deben facilitar la adecuación de los manuales de calidad.
Fuente: https://contaduriapublica.org.mx/

CP Iván Rodríguez
Auditor y Consultor, Diplomado en Alta Gerencia de Seguros y Derecho de Seguros. Especialista en Dirección Financiera y Desarrollo Organizacional, Diplomado en Gerencia de la Calidad, Contador Público de la Pontificia Universidad Javeriana, con 20 años de experiencia en diversas empresas. Amplia experiencia en la elaboración y ejecución de auditorías y revisorías fiscales. Dirección y ejecución de asesorías, consultorías y capacitaciones. Colaborador de Auditool
Bogotá DC, Colombia
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