Por: Marco Bonilla. Colaborador de Auditool

“El Comité de Auditoría es un órgano del gobierno corporativo que lleva a cabo sus funciones basado en la información que le es suministrada por diferentes instancias, para lo cual debe considerar los siguiente atributos”:

  1. Contar con su propio reglamento.
  2. Funciones de supervisión, informe, asesorías y propuesta de mejoramiento.
  3. Conformado, como mínimo, por tres miembros de la Junta de Socios o sus delegados.
  4. La mayoría de los miembros del comité deberán ser independientes.
  5. Todos los miembros deberán entender la información financiera, y aportar otros conocimientos y experiencias relevantes para la sociedad.
  6. Por lo menos uno de los miembros deberá ser especialista en finanzas.
  7. Designará un presidente de entre sus miembros.
  8. Se reunirá, por lo menos, cuatro veces al año y con mayor frecuencia, si las circunstancias lo exigen.
  9. Los auditores externos o internos podrán solicitar una reunión en caso de ser necesario.
  10. Los miembros del comité deberán permanecer en su cargo hasta tanto se designe su reemplazo.
  11. Los auditores internos y externos deberán asistir a las reuniones cuando se les solicite.
  12. El presidente del comité asistirá a las Asambleas Anuales de la Sociedad y deberá estar preparado para responder las preguntas de los accionistas.
  13. Se reunirá, como mínimo, dos veces al año sólo con la presencia de los auditores internos y externos.
  14. Tiene plena autoridad para investigar todos los temas de su competencia.
  15. No podrá sub-delegar ninguno de los poderes ni atribuciones que le sean delegados.
  16. En el cumplimiento de sus responsabilidades, el comité de auditoría tendrá acceso irrestricto a la dirección, libros y registros de la empresa, así como el derecho de solicitar la información que necesite.
  17. Tiene la responsabilidad de opinar respecto de la propuesta ante la Junta Directiva para la designación de los auditores externos.
  18. Revisar los planes de los auditores externos y evaluar su desempeño, para lo cual, deberá emitir una opinión al respecto, con ocasión de la presentación y publicación de los estados contables anuales.
  19. El Comité de Auditoría es directamente responsable de la supervisión de los auditores externos, el funcionamiento de los sistemas de control interno y del sistema administrativo-contable aplicable; pero no es responsable, ni garantiza la calidad de los estados financieros de la organización.
  20. Supervisar la aplicación de las políticas en materia de información sobre la gestión de riesgos de empresa.
  21. Está autorizado para obtener asesoramiento profesional.
  22. Para su funcionamiento, contará con un presupuesto anual que le apruebe la asamblea de accionistas de la empresa.
  23. Discutir las políticas con relación a la evaluación y la administración de riesgo.
  24. Realizar revisiones de los litigios en curso.
  25. Establecer políticas y revisar los gastos generados por los ejecutivos y pagos significativos.
  26. Revisar las transacciones entre la empresa y los miembros de la gerencia.
  27. Revisar los planes de beneficios a empleados y directores.
  28. Establecer políticas claras para la contratación de empleados y/o empleados antiguos del auditor independiente.
  29. Reportar regularmente a la Junta Directiva.
  30. Promover un ambiente ético afín a los valores y misión institucional, así como observar que se cumpla con dichos enunciados.

 

¡Hasta Pronto!

 

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