Por: Marco Bonilla. Colaborador de Auditool
“El Comité de Auditoría es un órgano del gobierno corporativo que lleva a cabo sus funciones basado en la información que le es suministrada por diferentes instancias, para lo cual debe considerar los siguiente atributos”:
- Contar con su propio reglamento.
- Funciones de supervisión, informe, asesorías y propuesta de mejoramiento.
- Conformado, como mínimo, por tres miembros de la Junta de Socios o sus delegados.
- La mayoría de los miembros del comité deberán ser independientes.
- Todos los miembros deberán entender la información financiera, y aportar otros conocimientos y experiencias relevantes para la sociedad.
- Por lo menos uno de los miembros deberá ser especialista en finanzas.
- Designará un presidente de entre sus miembros.
- Se reunirá, por lo menos, cuatro veces al año y con mayor frecuencia, si las circunstancias lo exigen.
- Los auditores externos o internos podrán solicitar una reunión en caso de ser necesario.
- Los miembros del comité deberán permanecer en su cargo hasta tanto se designe su reemplazo.
- Los auditores internos y externos deberán asistir a las reuniones cuando se les solicite.
- El presidente del comité asistirá a las Asambleas Anuales de la Sociedad y deberá estar preparado para responder las preguntas de los accionistas.
- Se reunirá, como mínimo, dos veces al año sólo con la presencia de los auditores internos y externos.
- Tiene plena autoridad para investigar todos los temas de su competencia.
- No podrá sub-delegar ninguno de los poderes ni atribuciones que le sean delegados.
- En el cumplimiento de sus responsabilidades, el comité de auditoría tendrá acceso irrestricto a la dirección, libros y registros de la empresa, así como el derecho de solicitar la información que necesite.
- Tiene la responsabilidad de opinar respecto de la propuesta ante la Junta Directiva para la designación de los auditores externos.
- Revisar los planes de los auditores externos y evaluar su desempeño, para lo cual, deberá emitir una opinión al respecto, con ocasión de la presentación y publicación de los estados contables anuales.
- El Comité de Auditoría es directamente responsable de la supervisión de los auditores externos, el funcionamiento de los sistemas de control interno y del sistema administrativo-contable aplicable; pero no es responsable, ni garantiza la calidad de los estados financieros de la organización.
- Supervisar la aplicación de las políticas en materia de información sobre la gestión de riesgos de empresa.
- Está autorizado para obtener asesoramiento profesional.
- Para su funcionamiento, contará con un presupuesto anual que le apruebe la asamblea de accionistas de la empresa.
- Discutir las políticas con relación a la evaluación y la administración de riesgo.
- Realizar revisiones de los litigios en curso.
- Establecer políticas y revisar los gastos generados por los ejecutivos y pagos significativos.
- Revisar las transacciones entre la empresa y los miembros de la gerencia.
- Revisar los planes de beneficios a empleados y directores.
- Establecer políticas claras para la contratación de empleados y/o empleados antiguos del auditor independiente.
- Reportar regularmente a la Junta Directiva.
- Promover un ambiente ético afín a los valores y misión institucional, así como observar que se cumpla con dichos enunciados.
¡Hasta Pronto!