Por: CP Iván Rodríguez. Colaborador de Auditool.

Las firmas de auditoría suelen tener divisiones de consultoría para prestar este tipo de servicios a ciertos clientes. Si bien hay disposiciones legales que procuran evitar conflictos de intereses, en el mercado se percibe como falta de independencia y se tiene la idea de que los auditores y las firmas están auditando sus propios trabajos.

En el año 2001 fue muy publicitado el caso del gigante energético Enron Corporation que tuvo, entre otras consecuencias, el colapso de la firma Arthur Andersen, la cual había proporcionado servicios de consultoría y auditoría a Enron. El equipo de auditoría había dado a Enron un informe limpio poco antes de descubrirse que se había ocultado un fraude masivo en los estados financieros.

A raíz del escándalo de Enron, en los Estados Unidos se expidió la ley Sarbanes-Oxley de 2002, cuyo objetivo es brindarle la capacidad al gobierno de realizar monitoreo sobre las empresas que cotizan en la bolsa de valores de Nueva York y sus filiales, con el propósito de prevenir fraudes y riesgos presentados por quiebras, buscando la protección de los inversionistas. Dentro de las reformas introducidas por la ley Sarbanes-Oxley se incluye la prohibición de que las firmas de auditoría en los Estados Unidos proporcionen ciertos servicios que no sean de auditoría, incluida la consultoría, así como certificación de gestión de controles internos para la información financiera, entre otros.

Así, cuando una firma ofrece servicios de aseguramiento y auditoría, existe un conflicto de intereses inherente con la prestación de servicios de asesoramiento y consultoría a los mismos clientes. Por ello, los reguladores consideran necesaria la división de las líneas de negocio, para ayudar con la independencia de las firmas Big Four, lo que también seria aplicable a otras firmas.

Por ejemplo, una de las estrategias que han empleado algunas firmas, es la de dividirse legalmente, para que cada firma resultante asuma sus propios compromisos con independencia y atendiendo las exigencias de los reguladores, según la jurisdicción en la que operen. De hecho, una gran preocupación de los reguladores, como la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos (U. S. Securities and Exchange Commission – SEC por sus siglas en inglés), en los últimos años ha actualizado sus reglas de independencia del auditor, toda vez que ha observado que ciertas relaciones y servicios prestados por firmas auditoras desencadenaron violaciones de las reglas de independencia técnica, aunque no sea clara la afectación de la objetividad e imparcialidad de los auditores.

Por su parte, el Consejo de Información Financiera del Reino Unido (Financial Reporting Council – FRC por sus siglas en inglés), en su papel de regulador en el Reino Unido, ha publicado revisiones a su estándar ético, que incluyen prohibir a los auditores proporcionar servicios de reclutamiento y remuneración, o tener alguna participación en la toma de decisiones de gestión. Este ente regulador anunció en 2020 sus "principios para la separación operativa de las prácticas de auditoría de las cuatro grandes firmas", que incluyen, entre otros, los siguientes:

  • Priorizar la calidad de la auditoría y proteger a los auditores de influencias del resto de la firma que pudieran desviar su atención de la calidad de auditoría
  • Buscar que los beneficios totales distribuidos a los socios (en la práctica de auditoría) no superen la contribución a los beneficios directos de la práctica de auditoría
  • Fomentar que la cultura de la práctica de auditoría priorice las auditorías de alta calidad fomentando el comportamiento ético
  • Esperar que los auditores actúen desde el interés público: en beneficio de accionistas y "sociedad en general"

El FRC ha solicitado a las cuatro grandes firmas que acepten la separación operativa de sus prácticas de auditoría sobre esta base y proporcionen un calendario de transición para completar la implementación, a más tardar el 30 de junio de 2024.

Por su parte, en Canadá, la ley 198 de Ontario, a menudo conocida como "la versión canadiense de Sarbanes-Oxley", aborda temas fundamentales como la certificación de la gestión de los controles de auditoría interna, pero no exige independencia entre las funciones de auditoría y consultoría.

Actualmente, con el auge de nuevos temas, han crecido los nuevos servicios prestados a los clientes, en particular con respecto a las responsabilidades ambientales, sociales y de gobierno corporativo (environmental, social and governance – ESG por sus siglas en inglés) y las divulgaciones de riesgos relacionados con ESG, se ha creado la necesidad de delinear claramente funciones específicas. El mercado pide a las firmas de auditoría que auditen los criterios ESG; sin embargo, también es frecuente que se soliciten consultas en áreas como la creación de sistemas de control ambiental y esto causa conflictos.

También, han surgido otros problemas derivados de las nuevas tecnologías, incluida la inteligencia artificial y la cadena de bloques. Así, a medida que más clientes se involucren con ellas, requerirán servicios tanto de consultoría como de auditoría. La separación debería ayudar a preservar la independencia de los auditores y de las firmas.

Para socios y directivos de las firmas, un tema adicional a considerar es el de los ingresos. Al corto plazo los ingresos podrían aumentar porque se puede ofrecer una serie de servicios asociados a la consultoría, luego de la división legal. No obstante, a largo plazo, la compañía dedicada a la consultoría podría sufrir reducción de ingresos pues operará bajo otra denominación y no contará con tanta información sobre las necesidades y contactos de los potenciales clientes. Los empleados actuales y potenciales pueden considerar que la consultoría es más interesante y gratificante que los servicios de garantía y eso afectará la conformación de equipos de trabajo y su propia remuneración. Así mismo, los servicios que no son de auditoría se enfrentan a la presión de la naturaleza cíclica del trabajo, especialmente en el entorno actual, donde las empresas pueden estar reduciendo costos.

Un elemento que también debe considerarse es el de la marca y el reconocimiento del público. La división entre una compañía de auditoría y una de consultoría implica posiblemente el uso de otro nombre. La división podría amenazar el valor de la marca de la firma pues existe el riesgo de perder gerentes y empleados calificados, particularmente en el lado de asesoramiento y consultoría del negocio.

Una reflexión sobre el tema de la independencia es considerar si la división jurídica en dos compañías (consultoría y auditoría) es suficiente, si es la única alternativa o si hay otras opciones, tales como la regulación interna. Las firmas han lidiado con este problema hace ya algún tiempo, pero, más allá de dividir las áreas, no está claro cómo se pueden abordar completamente los problemas de independencia del auditor. Vender servicios diversos introduce una gran presión sobre el auditor. Una opción ha sido la de requerir rotación del auditor para garantizar la independencia.

Para finalizar, es importante resaltar que, para un cliente, tener acceso a una amplia gama de servicios es útil pues en un entorno multidisciplinario se fomenta la innovación y la inversión continua, y pueden conseguirse resultados de alta calidad. Pero hay que ajustarse a la regulación. Gran parte del patrimonio de un auditor es su independencia y debe conservarse a pesar de las circunstancias. Por tanto, hay que reflexionar sobre ello.


ivan

CP Iván Rodríguez - CIE AF

Auditor y consultor, diplomado en Alta Gerencia de Seguros y Derecho de Seguros. Especialista en Dirección Financiera y Desarrollo Organizacional, diplomado en Gerencia de la Calidad. Contador público (CP) de la Pontificia Universidad Javeriana con 20 años de experiencia en diversas empresas. Tiene amplia experiencia en la elaboración y ejecución de auditorías y revisorías fiscales. Dirección y ejecución de asesorías, consultorías y capacitaciones. Colaborador de Auditool.

Bogotá D.C., Colombia

 

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