Comprendamos la definición de algunos términos que aparecen en esta NIA 450.
Incorrección: Es la diferencia entre la cantidad, clasificación, presentación o información revelada respecto de una partida incluida en los estados financieros y la cantidad, clasificación, presentación o revelación de información requeridas respecto de dicha partida, de conformidad con el marco de información financiera aplicable. En otras palabras es la desviación que el auditor identifica respecto de las políticas contables con las que fueron preparados los estados financieros. Las incorrecciones pueden deberse a errores o fraudes.
Importante mencionar que el error es un acto de omitir involuntariamente un asunto, mientras que el fraude o irregularidad es un acto deliberado, totalmente consiente para afectar intencionadamente los estados financieros, buscar un beneficio personal, apropiarse de los recursos de la entidad, malversar activos, etc.
Incorrecciones no corregidas: Las incorrecciones que el auditor ha acumulado durante la realización de la auditoría y que no han sido corregidas. En la práctica corresponde a las diferencias de auditoría cuantificadas y no cuantificadas que el auditor está planteando como ajustes necesarios sobre los estados financieros, para que estos sean razonables.
Las diferencias de auditoría se deben acumular en una hoja de trabajo, indicando o simulando la imputación contable que tendrían, con lo cual el auditor podrá evaluar el impacto sobre los estados financieros en su conjunto. El criterio para definir si una diferencia de auditoría se debe trasladar a la hoja de trabajo de diferencias de auditoría, necesariamente será el nivel de materialidad que se haya definido para el trabajo de auditoría, con lo cual las diferencias no materiales quedarán fuera de la acumulación.
El auditor debe considerar al cierre de la auditoría el impacto de las diferencias no ajustadas, y evaluar si debe calificar o modificar la opinión estándar (el dictamen de auditoría). Ver NIA 320.
Comunicación y corrección de las incorrecciones
- El auditor comunicará oportunamente y al nivel adecuado de la dirección todas las incorrecciones acumuladas durante la realización de la auditoría.
- El auditor solicitará a la dirección que corrija dichas incorrecciones. Si la dirección rehúsa corregir algunas o todas las incorrecciones comunicadas por el auditor, éste obtendrá conocimiento de las razones de la dirección para no hacer las correcciones y tendrá en cuenta dicha información al evaluar si los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material.
Comunicación y corrección de las incorrecciones
El auditor solicitará a la dirección y, cuando proceda, a los responsables del gobierno de la entidad, manifestaciones escritas relativas a si consideran que los efectos de las incorrecciones no corregidas son inmateriales, individualmente o de forma agregada, para los estados financieros en su conjunto. Un resumen de dichas partidas se incluirá en la manifestación escrita o se adjuntará a ella. El auditor debe estar seguro, no puede existir duda o incertidumbre sobre las diferencias que se están reportando, es un asunto de gran impacto y sensibilidad como para dejar el asunto al azar, aquí es necesario realizar una revisión y sustentación de todos los aspectos y contextos en los que se está planteando el ajuste, por ello es un asunto en el que el Socio y el Gerente de Auditoria tienen que involucrarse y aprobar los ajustes que se están plantando.
Documentación en papeles de trabajo.
El auditor incluirá en la documentación de auditoría:
- El importe por debajo del cual las incorrecciones se consideran claramente insignificantes.
- Todas las incorrecciones acumuladas durante la realización de la auditoría y si han sido corregidas, y
- La conclusión del auditor sobre si las incorrecciones no corregidas son materiales, individualmente o de forma agregada, y la base para dicha conclusión.
Las incorrecciones pueden ser el resultado de:
- Una inexactitud al recoger o procesar los datos a partir de los cuales se preparan los estados financieros;
- Una omisión de una cantidad o de una información a revelar;
- Una estimación contable incorrecta por no considerar hechos o por una interpretación claramente errónea de ellos; y
- Juicios de la dirección en relación con estimaciones contables que el auditor no considera razonables o la selección y aplicación de políticas contables que el auditor considera inadecuadas.
Las circunstancias relacionadas con algunas incorrecciones pueden llevar al auditor a evaluarlas como materiales, individualmente o consideradas junto con otras incorrecciones acumuladas durante la realización de la auditoría, incluso si son inferiores a la importancia relativa para los estados financieros en su conjunto. Las circunstancias que pueden tener un efecto en la evaluación incluyen el grado en el que la incorrección:
- Afecta al cumplimiento de los requerimientos normativos;
- Afecta al cumplimiento de compromisos de deuda u otras obligaciones contractuales;
- Si se identifica un cierto número de incorrecciones que no son materiales en el mismo saldo contable o en un mismo tipo de transacciones, el auditor puede tener que volver a valorar el riesgo de incorrección material para dicho saldo contable o tipo de transacción.
- Está relacionada con la selección o aplicación incorrectas de una política contable que tiene un efecto inmaterial en los estados financieros del periodo actual pero que posiblemente tenga un efecto material en los estados financieros de periodos futuros;
- Supone un cambio en los beneficios (utilidades) u otras tendencias, especialmente en el contexto de condiciones económicas y sectoriales generales;
- Afecta a ratios utilizados para evaluar la situación financiera de la entidad, el resultado de sus operaciones o los flujos de efectivo;
- Afecta a la información por segmentos presentada en los estados financieros (por ejemplo, la significatividad del asunto con respecto a un segmento u otra división de actividad de la entidad del que se sabe que desempeña una función significativa en las operaciones o rentabilidad de la entidad);
- Tiene el efecto de incrementar la remuneración de la dirección, por ejemplo, al asegurar que se cumplen los requisitos para la obtención de bonos u otros incentivos;
- Es significativa teniendo en cuenta el conocimiento del auditor de comunicaciones anteriores a los usuarios, por ejemplo, en relación con beneficios previstos;
- Está relacionada con partidas que afectan a determinados terceros (por ejemplo, si en una transacción las partes externas están relacionadas con miembros de la dirección de la entidad);
- Supone una omisión de información que no requiere específicamente el marco de información financiera pero que, a juicio del auditor, es importante para que los usuarios conozcan la situación financiera, el resultado o los flujos de efectivo de la entidad; o
- Afecta a otra información que se comunicará en documentos que contienen los estados financieros auditados (por ejemplo, información que se incluirá en el “Informe de Gestión” o en la “Revisión Operativa y Financiera”) de los que se puede esperar razonablemente que influyan en las decisiones económicas de los usuarios de los estados financieros.
José Mauricio Farfán Cárdenas -
Fundador y Director General de la firma JMFarFán Assurance S.A.S. Contador público con especializaciones en revisoría fiscal y en gestión de finanzas. Certificado en IFRS por el instituto ICAEW, Country Manager en una firma de BPO, 20 años de experiencia en firmas internacionales de auditoría y consultoría, realiza catedra universitaria en postgrados.
Bogotá, Colombia