El auditor con base en el planeamiento realizado determina los importes, a partir de los cuales va a considerar que los Estados Financieros (EE FF) están significativamente equivocados, esto es, que contienen errores que por su importe (cuantía monetaria) afectan significativamente a la razonabilidad de los saldos presentados.
Pues bien la NIA 320 Importancia relativa en la planeación y realización de una auditoría, en su párrafo 9, establece “la importancia relativa del desempeño significa la cantidad o cantidades que fija el auditor como menos que de importancia relativa para los estados financieros como un todo para reducir a un nivel apropiadamente bajo la probabilidad de que el agregado de declaraciones erróneas sin corregir y sin detectar exceda la importancia relativa para los estados financieros como un todo”.
Lo cual muestra que las manifestaciones, aseveraciones o divulgaciones de la Administración o Gerencia de la Entidad que se hayan identificado como erróneas, así como el riesgo de no detección por parte del auditor deberán ser adecuadamente evaluadas en esta primera etapa de la auditoría (Planificación), a fin de cumplir con los requerimientos de las Normas de Auditoría: i) La Materialidad de los EE FF en su conjunto, ii) La materialidad de clases, elementos, saldos de partidas, grupo de transacciones y iii) Montos inferiores al nivel de materialidad (error tolerable). Para que con ello el Auditor bajo su “juicio profesional” defina la Naturaleza, extensión-oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría a desarrollar en la segunda etapa de auditoría (Ejecución).
La materialidad de planificación será entonces usada para guiar el alcance de los procedimientos de auditoría realizados.
Por su parte el párrafo 5 de la NIA 320, exige: “El concepto de materialidad se aplica tanto en la planeación como en el desarrollo de la auditoría, y para evaluar el efecto de los errores identificados en la auditoría y de los errores no corregidos, si corresponde, en los estados financieros y para formar la(s) opinión(es) a expresar en el informe de auditoría”. Esto significa que si el efecto de los hechos o asuntos observados (incertidumbres y/o limitaciones al alcance) en la auditoría son “materiales”, puede conllevar a emitir un Dictamen con Abstención de Opinión (NIA 700).
Determinación de la materialidad de planeamiento (MP) y error tolerable (ET)
Nombre de la Empresa |
“ABC” |
“YNGH” |
Activos |
40,000,035 |
217,064,791 |
Ingresos |
21,122,559 |
195,148,862 |
Porcentaje |
0.50% (*) |
0.25% |
Materialidad Planeada |
105,612.80 |
542,662 |
Error Tolerable (50% materialidad) |
52,806.40 |
271,331 |
(*) A mayor riesgo se aplicará menor porcentaje, el mismo que podría ser de 0.25% al 3% de la Base de selección determinada. Por ejemplo el hecho que en la auditoría anterior a los Estados Financieros se haya emitido abstención de opinión, se debe considerar un riesgo alto y consecuentemente un porcentaje menor para determinar la Materialidad de Planeamiento.
Se pueden tener otras bases de Medición, ello dependerá del relevamiento de información, prueba de controles y conocimiento del negocio, es decir, de acuerdo a circunstancias particulares para determinar la importancia relativa (materialidad).
Del autor:
Hecho por: José Luis Giráldez Condori – Contador Público Colegiado
E-mail:
Lima – Perú
Contador Público Colegiado - Auditor Independiente, con Grado de Maestro en Auditoría Integral y candidato a optar el Grado de Doctor en Contabilidad, con más de 10 años de experiencia comprobada, de los cuales siete años en el Sistema Nacional de Control, participando y asumiendo el cargo de Jefe de Comisión y Supervisor de auditoría financiera - presupuestaria, exámenes especiales, auditoría de cumplimiento y evaluaciones al Sistema de control interno.
En Perú, su experiencia se basa en seis firmas de auditoría, de los cuales tres en firmas de representación internacional.
Ha participado en trabajos conjuntos de Revisión Limitada (Norma Internacional de Revisión 2410, Revisión de Información Financiera Intermedia) para Auditor de Pliego de España. Asimismo ha participado como auditor en la revisión de cuentas justificativas de subvenciones en el ámbito del sector público estatal, bajo normativa de España.
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Docente universitario a nivel de pregrado y postgrado.