La norma internacional de auditoría 550 presenta las responsabilidades del auditor frente a las relaciones y transacciones entre partes relacionadas en una auditoría de estados financieros. Las transacciones de partes relacionadas pueden implicar mayores riesgos de representación errónea de importancia relativa de los estados financieros que las transacciones con partes independientes, debido a que las partes relacionadas pueden operar mediante complejas estructuras y transacciones que facilitan el "maquillaje de estados financieros". Ejemplo: Ventas y compras ficticias entre relacionadas.
Revelaciones sobre partes relacionadas
A continuación, les presentamos un detalle de los aspectos importantes que se deben tener en cuenta al momento de hacer revelaciones sobre partes relacionadas y entidades donde se tiene el control:
Las entidades deberán revelar la información con sus partes relacionadas con respecto a las transacciones y saldos pendientes para cada categoría de esas partes relacionadas, incluyendo siempre el personal clave de administración. El nivel de revelación ilustrado por esta publicación no es requerido específicamente por la NIC 24 Información a Revelar sobre Partes Relacionadas. La revelación sobre transacciones individuales podría combinarse sin este nivel de detalle.
Los pagos realizados por la entidad pueden estar relacionados con los servicios proporcionados por ésta a terceros. Si una entidad actúa como agente y hace pagos a nombre de otra parte, entonces la entidad debe revelar solamente la remuneración pagada como contraprestación por los servicios prestados a la entidad.
Se requiere que la entidad revele las porciones de las transacciones con negocios conjuntos o asociadas que no sean eliminadas en los estados financieros consolidados.
La entidad revela las provisiones por las deudas de dudoso cobro y los gastos reconocidos durante el período con respecto a las deudas incobrables o de dudosa recuperación, relacionadas con el monto de saldos pendientes de partes relacionadas.
La revelación sobre la naturaleza y los montos de las transacciones con las partes relacionadas se detalla separadamente para cada categoría de las partes relacionadas, incluyendo la controladora, entidades con control conjunto o influencia significativa sobre la entidad, subsidiarias, asociadas, negocios conjuntos, personal clave de gerencia de la entidad o su controladora, planes de beneficios post-empleo, y cualquier otra parte relacionada.
Ejemplos de transacciones que deben ser reveladas si se llevan a cabo con partes relacionadas incluyen:
- Compras o ventas de bienes (terminados o no).
- Compras o ventas de inmuebles y otros activos.
- Prestación o recepción de servicios.
- Arrendamientos.
- Transferencias de investigación y desarrollo.
- Transferencias en función de acuerdos de licencias.
- Transferencias realizadas en función a acuerdos de financiamiento (incluyendo préstamos y aportes de patrimonio neto, ya sean en efectivo o en especie).
- Otorgamiento de garantías y avales.
- Responsabilidad de pasivos por parte de la entidad en nombre de otro tercero vinculado.
- Participación de una controladora o de una subsidiaria en un plan de beneficios definidos donde se comparta el riesgo entre las entidades del Grupo.
Las transacciones de partes relacionadas deben ser descritas como hechas en condiciones de independencia mutua, solamente si esas condiciones pueden ser justificadas o comprobadas.
La entidad revela detalles de cualquier garantía dada o recibida con respecto a saldos pendientes con partes relacionadas.
La NIC 24 Revelaciones de Partes Relacionadas requiere que se revelen las relaciones entre las matrices y las subsidiarias independientemente de si ha habido o no transacciones entre esas partes relacionadas.
El requerimiento explícito de incluir una lista de las inversiones significativas en subsidiarias en los estados financieros consolidados fue eliminado de la NIC 27 Estados Financieros Consolidados y Separados cuando ésta se modificó en 2003; no obstante, no se han efectuado modificaciones posteriores a la NIC 24 en este sentido.
Aunque no es explícitamente requerido por la NIC 24, en la práctica muchas entidades incluyen una lista de subsidiarias significativas en sus estados financieros consolidados, ya sea para seguir los requerimientos de una ley o regulador local o como legado de los PCGA anteriores.
La entidad revela la naturaleza y alcance de cualquier restricción significativa, por ejemplo, como las que se podrían derivar de acuerdos de préstamo o requerimientos de los reguladores, relativa a la capacidad de las subsidiarias para transferir fondos a la controladora, ya sea en forma de dividendos en efectivo o de reembolsos de préstamos o anticipos. También revela las razones por las que la tenencia (directa o indirecta a través de subsidiarias) de más de la mitad del voto real o potencial de una relacionada no implica control sobre la misma.
Según NIIF 12, la entidad revelará información sobre los juicios y supuestos significativos realizados para determinar:
- Que tiene el control de otra entidad;
- Que tiene el control conjunto de un acuerdo o influencia significativa sobre otra entidad; y
- El tipo de acuerdo conjunto cuando el acuerdo ha sido estructurado a través de un vehículo separado.
Estas revelaciones incluyen los cambios a esos juicios y supuestos, y aquellos efectuados cuando cambios en los hechos y circunstancias son tales que la conclusión acerca de cuándo la entidad tiene control, control conjunto o influencia significativa cambia durante el período sobre el que se informa.
La entidad revela información que permita a los usuarios de sus estados financieros consolidados evaluar la naturaleza de los riesgos asociados con su participación en entidades estructuradas consolidadas y los cambios en éstas.
Una entidad revelará las cláusulas de los acuerdos contractuales que podrían requerir que la controladora o sus subsidiarias proporcionen apoyo financiero a una entidad estructurada consolidada, incluyendo sucesos y circunstancias que podrían exponer a la entidad que informa a una pérdida (por ejemplo acuerdos de liquidez).
Si durante el periodo sobre el que se informa una controladora o cualquiera de sus subsidiarias ha proporcionado, sin tener una obligación contractual de hacerlo, apoyo financiero o de otro tipo a una entidad estructurada consolidada, la entidad revelará:
- El tipo e importe del apoyo proporcionado, incluyendo situaciones en las que la controladora o sus subsidiarias ayudó a la entidad estructurada a obtener apoyo financiero; y
- Las razones para proporcionar el apoyo.
Además, si el apoyo financiero o de otro tipo fue proporcionado a una entidad estructurada no consolidada con anterioridad y esa prestación de apoyo da lugar a que la entidad controle la entidad estructurada, la entidad revelará una explicación de los factores relevantes para llegar a esa decisión.
Una entidad también revelará los propósitos presentes para proporcionar apoyo financiero o de otro tipo a una entidad estructurada consolidada, incluyendo las intenciones de ayudar a la entidad estructurada a obtener apoyo financiero.
La entidad revela información que permita a los usuarios de sus estados financieros consolidados comprender la participación que las participaciones no controladoras tienen en las actividades y flujos de efectivo del grupo. Una entidad revelará para cada una de sus subsidiarias que tienen participaciones no controladoras que son significativas para la entidad que informa:
- El nombre de la subsidiaria y el domicilio principal donde desarrolle las actividades la subsidiaria (y país donde está constituida, si fuera diferente);
- La proporción de participaciones en la propiedad y la proporción de derechos de voto mantenida por las participaciones no controladoras, si fuera diferente de la proporción de las participaciones mantenidas en la propiedad;
- El resultado del periodo distribuido a las participaciones no controladoras de la subsidiaria durante el periodo sobre el que se informa;
- Las participaciones no controladoras acumuladas de la subsidiaria al final del periodo sobre el que se informa;
- Los dividendos pagados a las participaciones no controladoras; y
• Información financiera resumida sobre la subsidiaria (antes de las eliminaciones intercompañía).
Sin embargo, cuando la participación de una entidad en una subsidiaria se clasifique como mantenida para la venta de acuerdo con la NIIF 5, no se requiere que la entidad revele información financiera resumida para esa subsidiaria.
Si aplica, la entidad revela información que permita a los usuarios de sus estados financieros consolidados evaluar la naturaleza y alcance de restricciones significativas sobre su capacidad para acceder o utilizar activos, y liquidar pasivos, del grupo. En este sentido, la entidad revela:
- Restricciones significativas sobre su capacidad para acceder o utilizar los activos y liquidar los pasivos del grupo, tales como:
- Aquellos que restringen la capacidad de una controladora y sus subsidiarias para transferir, o recibir, efectivo u otros activos a otras entidades dentro del grupo; o
- Garantías u otros requerimientos que pueden restringir los dividendos y otras distribuciones de capital a pagar, o préstamos y anticipos a realizar o devolver a, o desde, otras entidades dentro del grupo;
- La naturaleza y medida en que los derechos protectores de las participaciones no controladoras pueden restringir significativamente la capacidad de la entidad para acceder o utilizar los activos y liquidar los pasivos del grupo (tales como cuando una controladora está obligada a liquidar pasivos de una subsidiaria antes de liquidar sus propios pasivos, o se requiere la aprobación de participaciones no controladoras para acceder a los activos o liquidar los pasivos de una subsidiaria);
- El importe en libros de los estados financieros consolidados de los activos y pasivos a los que se aplican esas restricciones.
Equipo Auditool